sábado, 30 de abril de 2011

Dirección De Juventud Ecuador

4 comentarios:

  1. Estimados compañeros
    Representantes de las Organizaciones Juveniles y
    Organismos no gubernamentales del Guayas y del Ecuador
    Guayas

    Reciban nuestros cordiales saludos de quienes hacemos la Corporación "Foro de la Juventud"- Guayaquil, en base a las acciones y acuerdos obtenidos en el Congreso de Jóvenes Lideres Urbanos, realizado en la Universidad Politécnica Salesiana-Sede Guayaquil, el pasado 6 de Agosto del 2012; y el Conversatorio de organizaciones juveniles, realizado en la Cámara Junior Internacional, el pasado 18 de Agosto del 2012, queremos agradecer su importante participación y asistencia a estos eventos.

    Así mismo aprovecharemos esta vía para hacerles llegar lo prometido en relación a los avances, acuerdos y documentos a la Reforma de la Ley de la Juventud, que está siendo debatido en la Asamblea Nacional Ecuatoriana y que esta ya presentado y listo el informe para segundo debate de parte de la "Comisión de los Derechos Colectivos, Comunitarios y de la Interculturalidad" de la Asamblea Nacional Ecuatoriana, esta información ha sido proporcionada gentilmente por el Observatorio Legislativo y obtenida por nuestros técnicos especialistas en esta temática.

    También aprovecharemos para adjuntarle algunas propuestas que desde nuestro criterio institucional deben o pueden ser incorporadas en la Ley de la Juventud en reforma, llamada ahora: "LEY ORGÁNICA DE LA JUVENTUD". Es importante se conozca que desde nuestras redes es una propuesta y que esta será presentada a los asambleístas en un evento que realizaremos en la ciudad de Guayaquil, en este mes de septiembre en donde algunas organizaciones participantes de nuestros eventos se comprometieron participar de forma directa tanto en su organización como en su debate.

    Invitamos a las organizaciones juveniles y líderes juveniles a unirse a la revisión de la propuesta de ley, hagan desde sus espacios las respectivas recomendaciones o aportaciones, así como también confirmen si están interesados en que sus nombres institucionales están incorporados en el documento propuesto y presentado en este correo.

    Detallamos los documentos que adjuntamos:

    a.- Ley Orgánica de la Juventud (en reforma y lista para el segundo debate)
    b.- Informe para el segundo debate entregado por la "Comisión de los Derechos Colectivos, Comunitarios y de la Interculturalidad"
    c.- Propuesta de aportes de los organismos juveniles de Guayas.


    En la espera de sus pronto comentarios, agradeceremos los emitan a este correo o en su caso incorporaremos esta mismo propuesta en las redes sociales del Facebook y Blogger, esperamos también incorporarlas en nuestra sitio web.

    Nota: El evento de discusión, debate y aportes en relación a esta temática lo realizamos aproximadamente entre el 20 al 25 de septiembre 2012. le confirmaremos con anticipación

    Saludos cordiales

    Corporación Foro de la Juventud Guayaquil – Ecuador
    e-mail: forodelajuventudguayaquil@yahoo.com
    Facebook: forodela.juventud/facebook.com
    Teléfono Ofic.. (593 04) 6045445
    WWW.JUVENTUDGUAYAQUIL.ORG

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  2. Aportes de las Organizaciones Juveniles del Guayas en relación al Informe del Segundo debate presentado por la Comisión de los Derechos Colectivos, Comunitarios y de la Interculturalidad de la Asamblea Nacional Ecuatoriana, en relación a la Reforma de la Ley de la Juventud, ahora denominada “LEY ORGANICA DE LA JUVENTUD”.


    ANTECEDENTES:
    Siendo Guayaquil y Guayas una de las poblaciones más grande del Ecuador con casi mas de 500 mil jóvenes a nivel solo de Guayas, el espacio de debate y dialogo en relación al debate nacional de la Reforma de la Ley de la Juventud, ha sido poco a la cantidad poblacional, y como ustedes conocen es un documento que permitirá normar, orientar y defender los derechos y deberes de los y las Jóvenes, así como también la creación y fomento de las políticas públicas locales, regionales y nacionales de la Juventud.

    Consideramos que hay de abrir un diálogo más amplio y consensuado con los jóvenes, con sus organizaciones y con las instituciones que trabajan con la juventud, desde el legislativo, esto permitirá potenciar una Ley completa y más democrática en su diseño y construcción.

    Es importante considerar también a las instituciones que trabajan a beneficio de la población juvenil y posibilitar la participación de expertos en la temática de las juventudes desde los diferentes temáticas que aluden a los jóvenes, si bien es cierto es una ley para la juventud, también es una ley que de una u otra forma vincula a la familia en general y un sistema completo de instituciones, especialistas y leyes que están vigentes y que están siendo incorporadas en esta nueva propuesta de reforma.

    Buscamos como organizaciones posibilitar un diálogo ameno, ampliado y consensuado con un beneficio para los jóvenes del país y de nuestras localidades. Por tal motivo las organizaciones abajo firmantes hemos resuelto apoyar en lo posible y en lo permitido a la reforma de la Ley de la Juventud, pero solicitamos a su vez se vea incorporado y en lo permitido bajo las leyes ecuatorianas e internacionales, nuevos criterios que abajo describiremos en base al segundo debate ya presentado por la Presidencia de la Comisión de los Derechos Colectivos, Comunitarios y de la Interculturalidad, de la Asamblea Nacional.

    Así mismo nos comprometemos a realizar un evento de características locales y provinciales para que puedan participar de este importante tanto los Asambleístas, los jóvenes, sus organizaciones y delegados de las importantes y renombradas organizaciones que trabajan para la juventud en este proyecto con opiniones y propuestas de refuerzo o complementarias a la Ley Orgánica de la Juventud en reforma y que permita la consolidación de una Ley para los jóvenes funcional, práctica y que garantice el bienestar y el buen vivir de las juventudes ecuatorianas.

    OBJETIVO DE LA PROPUESTA:
    Apoyar, consolidar y brindar criterios técnicos, sociales e integrales a la propuesta “Reforma de la Ley de la Juventud”, ahora denominada “Ley Orgánica de la Juventud”, desde la provincia del Guayas y la ciudad de Guayaquil.

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  3. A continuación detallamos algunos aportes que solicitamos sean incorporados en la presente ley:

    Art. 1: se considera jóvenes de 16 a 29 años, y se tiene protegido a los adolescentes de 16 a 18 años ¿Quién protege los derechos de los jóvenes de 18 a 29 años?

    Art. 7: Se considera a los jóvenes como actores estratégicos en el desarrollo del país. ¿Cómo garantizamos a los jóvenes en los planes de desarrollo del País dentro de las decisiones políticas, económicas y sociales?

    Art.13.- establece sobre laRESPONSABILIDAD SOCIAL COLECTIVA, (pero es necesario se identifique en donde y que institución receptará esa denuncia, quien será esa autoridad para que se cumpla o se haga cumplir con la ley)
    Art 17.- En este artículo se deja sin precisar ante qué autoridad se debe acudir para la sanción respectiva

    Art. 20.- en este artículo establece al CCPCCS, como un organismo de control ante el cumplimiento de los derechos de participación de la juventud, pero es necesario manifestar que dentro de esta institución se creará un organismo especializado en la defensa de los derechos.

    Art21.- Agregar o complementar en este articulo: “en donde existan programas y proyectos de juventud”

    Art. 21.- Agregar otro párrafo: “Garantizar a las y los jóvenes programas de formación que les permitan, la creación, sostenibilidad y dirección de las organizaciones juveniles.”

    Art.22.- Agregar otro párrafo que diga “Garantizar la participación de los jóvenes en los procesos de elección de autoridades públicas, de control social y de la conformación de Veedurías Ciudadanas.

    Art.25.- Es indispensable ver o incorporar también que otras instituciones como la Fiscalía o la CNJ, también pueda velar por los derechos y defensa de las aplicaciones de esta ley y que estas también incorporen agencias especializadas en la temática juvenil.

    Art. 28.- hay que establecer en este articulo con exactitud, ante cuales instancias judiciales (ejm: juzgados de niñez, familia, o se creará uno especializado en temas de Juventud) se pueden acudir para hacer valer este derecho

    Art.54.- Se puede entender como casas de la Juventud de varias formas, podemos pensar que puede ser cambiado a “Centros de Desarrollo Integral para la Juventud”

    Art.56.- En el ámbito nacional debe de participar de esta política de respeto y cumplimiento del Hábitat, también el Ministerio del Ambiente del Ecuador.

    Art.75.- en este articulo agregar. “SETEC” y “Secap”

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  4. Art.94.- En este articulo, es necesario establecer ¿qué tipo de organizaciones participarán?

    Art.95.- Limitar a las organizaciones para que participe en las Asambleas locales o nacional no sería un mecanismo adecuado, podemos incorporar criterios que pueden cumplir las organizaciones para que participen en la asambleas.

    Art.95.- Que pasará con las organizaciones juveniles particulares que no forman parte de una red local o nacional, pero que si desea participar de las asambleas, como se garantizará su participación.

    MICELANEOS: APORTACIONES VARIAS QUE SE PUEDEN INCORPORAR EN LA PRESENTE LEY:

    •Se debe incorporar en la ley, un mecanismo de reconocimiento e incentivo para los jóvenes y las organizaciones que se destaquen por sus esfuerzos y por su trabajo a nivel local o nacional

    •Se debe promocionar públicamente ante medios virtuales como redes sociales o sitios web de los organismos públicos y privados los proyectos, planes y programas para la juventud, esto permitirá incentivar a los jóvenes investigar hacia dónde acudir en base a sus proyectos personales o institucionales.

    •Crear un mecanismo de incentivos para las empresas privadas, organizaciones sociales e instituciones que apoyen o inviertan en proyecto o programas para las juventudes ecuatoriana.

    •Incorporar en la Ley Orgánica de la Juventud, desde ya su fecha de celebración, tomando en cuenta que el Ex congreso Nacional declaro al 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud, basado en la resolución de la Organización de las Naciones Unidas, en el año 2001, en el cual se ha declarado a nivel internacional como 12 de agosto-Día Internacional de la Juventud.

    •Es indispensable incorporar a otros organismos como las ONG´s, Universidades y Centros culturales en esta ley, mediante apoyo o incentivos para que permitan este organismos fomentar políticas locales o nacionales de la juventud como un solo sistema social

    •Establecer en la presente Ley de la Juventud, la creación de un Fondo Nacional Concursable en temas de juventud, aclarando su funcionabilidad, y quien lo administrará y su reglamentación.

    •Establecer ante los ministerios correspondientes, la creación de programas y proyectos de y para la juventud.

    Solicitamos: a las autoridades legislativas, que estas propuestas sean debatidas, analizadas e incorporadas en base a las leyes establecidas en el Ecuador y leyes internacionales incorporadas por nuestro país.

    Confirmamos: Nuestro compromiso de cooperar en la restructuración de una mejor Ley para los Jóvenes y apoyaremos las acciones positivas, desinteresadas hacia el bienestar de las juventudes ecuatorianas.
    Guayas-Guayaquil, 12 de septiembre del 2012

    Lo respaldamos las organizaciones firmantes:
    1)Corporación Foro de la Juventud Guayaquil
    2)Liga de Juventudes del Ecuador
    3)Red Liga de las Juventudes Urbanas

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